DOCUMENTO 1.- 1334/07/04. Burgos
LEKEITIOKO UDAL ARTXIBOA (LUA)
ARCHIVO MUNICIPAL DE LEKEITIO (AML)
Reg. 1 – nº 7.
Resumen: Alfonso XI confirma a la villa de Lequeitio las mercedes contenidas en la carta de aforamiento dada por doña María, señora de Vizcaya, y ordena a Ladrón de Guevara, prestamero, que los ampare y defienda con esta merced.
Ampliación: “…la nuestra villa de Lequetio, nuestros vasallos, nos enbiaron desir por sus procuradores, quando nos fuimos primeramiente en Viscaya/ e ellos e todos los otros de toda Tierra de Viscaya nos reconosçieron sennorio e nos tomaron por su señor de Viscaya, que les fue dado el monesterio que disen de Santa Ma/ria de Lequetio a que se poblase el dicho lugar, con todas las rentas e…
…E otrosi, que ouiesen por terminos desde el agua de Hea fasta el agua d’Ondarroa, e desde çima de Leyia fasta la mar, e desde çima de Ygos fasta/ la mar…”.
DOC. 2.- 1487
ARCHIVOS ESTATALES (PARES)
Archivo de la Real Chancillería de Valladolid.
Código de Referencia: ES.47186.ARCHV/1.1.1//REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 3426,25
Primera mención ferrería Urtubiaga
Resumen: Extraído de un documento de Abril de 1778. Ejecutoria del pleito litigado por José Ignacio Unzeta, dueño de la ferrería de Urtubiaga, vecino de Lequeitio (Vizcaya), con los fieles y vecinos de la anteiglesia de Nachitua (Vizcaya), sobre composición de un camino.
Ampliación: En él hay una mención a la ferrería de Urtubiaga en los libros de fábrica de Santa María de Lekeitio “los libros que tiene la dicha favrica de los años de mil quatrozientos y ochenta y siete”
“memorial de los vienes pertenezientes a la yglesia de Nra Sra de Stª Maria de esta villa de Lequeitio siendo fecha de dicha partida doze de mayo de dicho año de mil quatrozientos y ochenta y siete…
“ai testamento en presencia de Juan Martinez escribano difunto otorgado a doze de mayo de mil quatrocientos y ochenta y siete… ….. que hizieron don Manuel de Arrazua e su muger a Martin Ybañez de Zaracondegui de la dorava (doceaba?) parte de la herreria e rueda de Ortubiaga (sic) signada de Marco Perez …sobre la renta que debe la dicha herreria y rueda a Rodrigo de Galdiz e sus consortes …”
DOC. 3.- 1492
ARCHIVO GENERAL DE INDIAS. SEVILLA
Real Academia de la Historia. Nueva Lista Documentada de los Tripulantes de Colon, Alicia B. Gould. Madrid 1984.
Libros de cuenta y razón de la casa de Contratación de Indias. Libro II, folio 129, estante 39, caja 2., legajo Y.
“Iten, este dya al dicho Martin Peres de Licona en nombre e por poder de Marĺa de Urtubia, vezina de Santa Maria de Anchituan (sic por Natxitua) que es en el condado de Vizcaya, madre y heredera de Martin de Urtubia grumete que murio en las Yndias el primer viaje quel almirante Colon enbio a descobrir, doze myll y sesenta y siete mrs. que el dicho Martĺn de Urtubia ovo de aver del sueldo que gano en el dicho viaje e de ciertas deudas que le devian otras personas que en el dicho viaje syrvieron, segund paresce por la nomina de su alteza. “
DOC. 4.- 1492/06/02
REGISTRO GENERAL DEL SELLO, EN EL REAL ARCHIVO DE SIMANCAS
Tomás González: Colección de células cartas-patentes, provisiones, reales ordenes y otros documentos concernientes a las Provincias Vascongadas, copiados de orden de S. M. de los registros, minutas y escrituras existentes en el Real Archivo de Simancas, y en los de las secretarías de estado y del despacho y otras oficinas de la corte.
Tomo l Condado y Señorio de Vizcaya. De orden del rey nuestro señor. Madrid en la imprenta real. Año de 1829.Núm. LXVIII. Desde parte del folio 261 hasta parte del 263.
Resumen: Provisión del Consejo mandando que el Corregidor del Condado de Vizcaya reciba informacion sobre unas casas fuertes que se comenzaban a labrar en el lugar de Ea: fecha a 2 de Junio de 1492.
Ampliación: “Don Fernando é Doña Isabel. A vos el Bachiller Vela Nuñez de Avila nuestro Corregidor del nuestro noble é leal Condado é Señorío de Vizcaya, salud é gracia. Sepades que á Nos es fecha relacion que en el logar de Hean (Sic), que es en ese dicho Condado se hobieron comenzado á faser dos casas fuertes, la una por Ortun Garcia Darteaga, é la otra por los de la parentela é linage de Zubieta, é que Nos por algunas causas complideras á nuestro servicio é á la paz é sosiego del dicho logar é comarca hobimos mandado que no se labrasen nin edificasen las dichas casas: é dis que estando el Licenciado Cristobal de Toro por nuestro Juez Pesquisidor en ese dicho Condado á inducimiento de algunas personas dió licencia al dicho Garcia para que pudiese acabar de edificar la casa que asi tenia comenzada, é que asi mismo los de la parentela del dicho linage de Zubieta querian edificar la suya de que se espera dis que recrescer en el dicho lugar ruidos y escándalos, y feridas é muertes de homes é otros inconvenientes entre las dichas parcialidades: é que si asi pasase, dello vernia grande daño é per juicio á los vecinos é moradores del dicho logar…
… y en tanto que la dicha informacion nos enviais é se provea acerca dello como dicho es, vos man damos que mandedes á cada una de las partes so grandes penas que cesen en las dichas labores, é non inoven mas en ellas, é á lo contrario vos non deis lugar en manera alguna porque asi cumple á nuestro servicio. E non fa- gades ende al por alguna manera sopena de la nuestra Merced é de diez mil maravedis para la nuestra Cámara dada en la ciudad de Córdoba á dos dias del mes de Junio de mil cuatrocientos noventa é dos años…
DOC 5.- 1499
LUA) / AML
Libro padrón de las cuentas de Santa María de Lequeitio. Mención ferrería de Urtubiaga.
Reg. 52 (Fol.1rº. – 44rº. .- 78rº. – 148vº.).
(Fol.9rº) I mil CCCCXCIX./ (Cruz)./(Al margen: Anno/ 1499)./ En el nonbre de Dios e de la Virgen gloriosa Santa Maria, su madre./ Este es el padron de Santa Maria que nos, Ochoa abad y Juan Çury,/ manobrreros, fazemos; començose el anno a disysyete de otubre,/ anno de mill e quatroçientos e noventa y nuebe./(…)
(Fol.12v.º) Iten mas, resçeuimos de Pero Ybannes de Çubia de la devda que/ dexo Martin de Çaracondegui en la ferreria de Vrrtubiaga,/ por cada anno, trezientos maravedis, que es en cargo la ferreria,/ resçevimos en cuenta de Pero Ybannes de Çubia de Pero Ferrandes/ de Vrquiça, quatroçientos e ochenta maravedis ….CCCCLXXX maravedis./
DOC. 6.- 1500/12/08
LUA / AML
Fondo: San Pedro Arrantzaleen Kofradiako artxiboa (LAKA)
Archivo de la Cofradía de Pescadores de San Pedro (ACPL)
Convenio cofradía Lekeitio – Navegantes EA
Libro 1º – Reg. 1 – nº 6 (Fol.163rº – 164vº).
Resumen: Convenio entre la cofradía de San Pedro de la villa de Lequeitio y los maestres y navegantes del lugar de Ea sobre cuestiones relacionadas con la pesca. El acuerdo es ratificado el 8 de diciembre de 1504.
Ampliación: (Cruz)./ (Al margen: Anno 1500)./ “Sepan quantos este contrato de asyento e convenençia vieren commo en la sala/ del ospital de la villa de Lequetio, a ocho días del mes de dezienbre, anno/ del nasçimiento de nuestro saluador Ihesu Christo de mill e quinientos annos, estando/ ayuntado la confradia de San Pedro de la dicha villa, e espeçialmente/ estando presentes en el dicho ayuntamiento Martin d’Elexate e Juan de Sagasty,/ mayordomos, e Juan Martines de Trumaya e Juan de Ybarra e Martin de Sertucha e/ Martin de Yresegui e Ochoa Saes de Vrquiça e Pero de Ybarra e Ochoa de Laris/ e Pero de Ybarra e Martin de Meave e Juan d’Erquiaga e Domingo d’Arranegui/ e Lope d’Endaydi, por sy e en nonbre de todos los confrades de la dicha confradia/ e por ellos, hasiendo cabçion e obligaçion que avran por firme e bueno/ e guardaran e conpliran todo lo de yuso contenido, de la vna parte, e de la/ otra Rodrigo de Viaotegui e Rodrigo de Jauregui, vecinos del logar de Hea,/ por sy e en boz e en nonbre de todos los maestres de pinaças e navegantes/ en ellas del dicho logar de Hea e por ellos……
…Lo primero, que de oy dicho dia en adelante por syenpre jamas en todos/ los tienpos que las pinaças de la dicha villa e del dicho logar de Hea/ se fallaren en la mar en vno a pescar vesugos en qualquier de las calas/ a do suelen yr, que sy las treças se enpacharen entre algunos de las pinaças/ de la dicha villa e del dicho logar de Hea, que en tal caso el que postrimera/mente echare las treças ge las dexe al que primero las echo luego que/ sentyere syn mas alçar e le entregue el cordel con el traul; y el que/ (signo)//
(Fol.163vº) asy tomare las treças luego que las desenpachare, acuda con ellas/ e con la pesca que ovieron a su duenno, so cargo de su juramento, y el que en lo/ susodicho fuere rebelde pague de pena quatro mil maravedis, la meytad/ para la camara de sus altezas e la otra meytad para la parte obediente,/ e mas todo el danno de las treças e vesugos./
- Otrosy, que sy alguno calare en los dichos tienpos anzuelo por matar pescadas/ con cordel e se enpachare en algunas treças, que luego quel tal lo sentiere/ dexe syn mas alçar el anzuelo e lo entregue con el cordel al duenno/ de la treça, so pena de mill maravedis, que pague la meytad para la camara de/ sus altezas e la otra meytad para la parte obediente, e mas el danno que se/ recresçiere;e que, so la dicha pena, asymismo el duenno de la treça que resçibiere/ el cordel con el anzuelo, despues que se desanpachare, luego acuda con ello/ e con el pescado que oviere en el anzuelo a su duenno lealmente, so cargo/ de su juramento…”
DOC. 7.- 1509/05/29. Lekeitio
LUA / AML
Fondo: San Pedro Arrantzaleen Kofradiako artxiboa (LAKA)
Archivo de la Cofradía de Pescadores de San Pedro (ACPL)
Libro 1º – Reg. 3 – nº 7 (Fol.582rº – 585rº).
Resumen: El concejo de la villa de Lequeitio, a petición de los mayordomos de la cofradía, limita a los forasteros la venta de pescado en la villa, mediante unas ordenanzas que mandaron pregonar públicamente.
Copia en papel (300 x 210 mm), sacada por Antón Martínez de Traina en Lequeitio, el 10 de
febrero de 1570, por mandado de Juan de Amoroto, alcalde ordinario de la villa.
Letra procesal. Buena conservación.
Ampliación: “… e dixieron que ellos e los/ dichos sus consortes resçibian mucho agrabio e dapno a cavsa que algunas personas, pescadores desta costa de la mar, asi de partes de Castro, Laredo e Santander como de partes de Hea, Vermeo e Hondarroa e San Sebastian e Pasaje e otras partes abian thomado osadia e atrebimiento de benir con su pesca de pescado fresco por lo bender en mas subido presçio en esta villa y en su puerto e jurisdicion…”
DOC. 8.- 1520/07/06
LUA / AML
Testamento de Juan de Çubia.
Protocolo notarial de Ochoa Ortiz de Olea, escribano del número de la villa de Lequeitio. Documentación Notarial 1487 – 1538: 1520. Original en papel (290 x 200 mm). Letra cortesana. Buena conservación. Faltan varios folios
Javier Enriquez Fernandez Concepción Hidalgo De Cisneros Amestoy Araceli Lorente Ruigomez Adela Martinez Lahidalga Coleccion Documental Del Archivo Municipal De Lequeitio 1514- 1520) Fuentes Documentales Medievales Del Pais Vasco Eusko Ikaskuntza Sociedad De Estudios Vascos
Ampliación: (Fol.20r.º) a VI de jullio “Primeramente, encomendo su anima a Dios/ que la crio e redemio por su presçiosa sangre, y el cuerpo a la tierra donde y de que/ fue formado; y que sus honrras, novena e conplimientos de la iglesia, quando la voluntad/ de Dios fuese de le llevar deste mundo, mandaba le fuesen fechos en la iglesia nueva/ de Santa Maria de Ihesus de Hea por sus hijos, herederos de la casa de Çubia, segunda persona/ de su manera pertenesçian conplidamente (interlineado: e la dicha casa de Çubia ge los hisiese). E mando para la obra de la dicha yglesia vn ducado/ de oro. Yten,/ mando a Santa Maria de Nachitua çient maravedis. Yten, a San Juan de Hea çient maravedis…”
DOC. 9. – 1556/02/26
PARES
Archivo de la Real Chancillería de Valladolid
Pleito sobre trueque de los molinos de Abitera, sitos en la anteiglesia de Amoroto, a cambio de una herrería y molinos sitos en La Puebla de Hea
Signatura: REGISTRO DE EJECUTORIAS, CAJA 1394,3
Código de Referencia: ES.47186.ARCHV/1.8.1
Resumen: Ejecutoria del pleito litigado por el bachiller Juan Nicolás de Arteita, vecino de Lequeitio (Vizcaya), con Martín Ruiz de Solarte, escribano, vecino de la anteiglesia de Ispáster (Vizcaya), y el licenciado Manuel de Sampayo, teniente general del corregidor de Vizcaya, sobre revocación de una sentencia dictada por este último, por la cual ordenaba ejecutar los bienes de Juan Nicolás de Arteita para hacer pago a Martín Ruiz de Solarte de los 36 ducados que éste alegaba le eran debidos a Juan de Solarte, su padre, vecino de la dicha anteiglesia de Ispáster, difunto, a causa de un trueque que éste hizo de los molinos de Abitera, sitos en la anteiglesia de Amoroto (Vizcaya), a cambio de una herrería y molinos sitos en La Puebla de Ea (Vizcaya).
Ampliación: “En la villa de Lequeitio a veinte e seys dias del mes de hebrero del año del Señor de mill e quinientos e çinquenta e seys años (1556-02-26) en presençia de mi Juan Garçia de Licana escribano de Sus Magestades del numero de la dicha Villa e testigo de yuso scriptos parecieron presentes Francisco de Axpee e Diego? de Arteita vecinos de la dicha villa de la una parte e Juan de Solarte escribano de Su Magestad vecino de Yspaster de la otra e anbas las dicha parte dixieron de azer como hizieron torques e canbios e permutaçion de la herreria e molinos e agoas e todo lo a ellos anejos e perteneçiente que de yuso seran declarados los dichos Francisco de Axpee e Diego? de Arteita dixieron que al dicho Juan de Soalrte escribano le daban e dieron la parte de la herreria y moinos de Urtabiaga que heran en la puebla de Hea con todas agoas corrientes e molinetes e dis? serbidumbres e todo lo a ello anejo e qualquier dellos perteneçientes según e como ellos e qualquier dellos abian abido tenido e poseido e sus antepasados e nyn tiempo? sin eçeptar ni rreserbar cosa alguna de los que heran la dicha herreria e molino e agoas e serbidumbres e aprobechamyento dellos de balor e preçio de quarenta e quatro ducados y el dicho Juan de Solarte dixo que daba e dio a los dichos Francisco de Axepee (sic) e ¿?? e qualquier dellos a troque de la dicha herreria e molino e agoas e todo lo aello perteneçientes la sesma (sic) parte de los molinos de Abitera que eran? en la anteyglesia de Amoroto con todo lo a los dichos molinos perteneçidos agoas corrientes e molinetes sin eçeptar ni rreserbarlos a alguna? de todo lo suso dicho según e como el abia adquirido e alcançado e gozado e poseido en su tiempo y los pasado en suio que heran de baler e preçio de ochenta ducados e anbas partes e a cada uno dellos se dieron por entregados e por contentos de losdichos ¿?? – cabos e permutados e los dichos Francisco e ¿? e qualquier dellos prometieron de cumplir e pagar a el dicho Juan de Solarte treinta e seys ducados en esta manera diez y ocho ducados para San Miguel primero que bernia ylos diez y ocho ducados restantes para Nabidad primera que (foto 24576867-B) berna so pena del doblo e costas por razon de que la parte de los dichos molinos por el dados a los dichos Franciso e Diego? balian e balen mas quela dicha herreria e molinos por ellos dados al dicho Juan de Solarte como de suso pareçia por razon suso dicha se obligaron a pagar los dichos treinta e seys ducados al dicho Juan e para ansi tener e goardar e cumplir e pagar e de no yr ni benir con ello agora ni en ningun tiempo del mundo anbas partes e a cada uno dellos cada uno por su parte prometido y otorgado prometieron y obligaron por sus personas e bienes ducados e açiones abidos e por aber de goardar e cunplir e pagar e mantener todo…”
DOC. 10.- 1590/03/30
BIZKAIKO FORU ALDUNDIAREN AGIRITEGI HISTORIKOA (BFAAH)
ARCHIVO HISTÓRICO DE LA DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA (AHDFB)
Escritura de censo sobre la casería del Puerto, en Ea.
Sección: NOTARIAL Fondo: MERINDAD DE BUSTURIA Subfondo: ITURRONDO MARTIN ORTIZ DE
Signatura: N0363/0075 Fechas: 1590-03-30 Folios: 2
Resumen: Escritura de venta otorgada por Sancho Ortiz del Puerto, vecino de la anteiglesia de Nachitua y de la puebla de Ea, en favor de Martín de Azcoeta, vecino de la puebla de Ea, de un censo de catorce ducados de principal y un ducado de renta anual, hipotecando para ello la casería del “Puerto”.
Notas: Empieza en el folio ciento uno.
DOC. 11.-1590/05/14
BFAAH / AHDFB
Escritura de venta otorgada por Auria de Urquiza Biax, viuda de Martín de Biax, vecina de la anteiglesia de Nachitua, en favor de Juan de…
Sección: NOTARIAL Fondo: LEQUEITIO Subfondo: GOROSTIAGA FERNANDO SANCHEZ DE
Signatura: N0391/0745 Fechas: 1590-05-14 Folios: 2
Resumen: Escritura de venta otorgada por Auria de Urquiza Biax, viuda de Martín de Biax, vecina de la anteiglesia de Nachitua, en favor de Juan de Torres, vecino de la anteiglesia de Ispaster, de la parte que a su casa de “Biax” le corresponde en los molinos de “Urtubiaga”, “Ea” e “Irureta”, por ochenta ducados.
DOC. 12.- 1590/05/14
BFAAH / AHDFB
Escritura de obligación otorgada por Juan de Torres, vecino de la anteiglesia de Ispaster, en favor de Auria de Urquiza Biax, viuda de…
Sección: NOTARIAL Fondo: LEQUEITIO Subfondo: GOROSTIAGA FERNANDO SANCHEZ DE
Signatura: N0391/0746 Fechas: 1590-05-14 Folios: 2
Resumen: Escritura de obligación otorgada por Juan de Torres, vecino de la anteiglesia de Ispaster, en favor de Auria de Urquiza Biax, viuda de Martín de Biax, vecino de la anteiglesia de Nachitua, de pagar setenta y dos ducados de resto de la compra de las partes y porciones de los molinos de “Urtubiaga”, “Ea” e “Irureta“, correspondientes a la casa de “Biax”.
DOC. 13.- 1594/02/26
BFAAH / AHDFB
Escritura de obligación otorgada por Pedro Ruiz de Aboitiz, vecino de la anteiglesia de Cortezubi, en favor de Martín Ruiz del…
Sección: NOTARIAL Fondo: MERINDAD DE BUSTURIA Subfondo: ITURRONDO MARTIN ORTIZ DE
Signatura: N0364/0388 Fechas: 1594-02-26 Folios: 1
Resumen: Escritura de obligación otorgada por Pedro Ruiz de Aboitiz, vecino de la anteiglesia de Cortezubi, en favor de Martín Ruiz del Puerto, vecino de la puebla de Ea, de pagar veintiocho ducados procedentes de un préstamo.
Notas: Empieza en el folio trescientos sesenta y nueve vuelto.
DOC. 14.- 1595/08/07
BFAAH / AHDFB
Testamento otorgado por Martín de Baqueaga, vecino de la puebla de Ea. El otorgante lega entre otros bienes la casería del “Puerto”.
Sección: NOTARIAL Fondo: LEQUEITIO Subfondo: AMEZQUETA CRISTOBAL DE
Signatura: N0014/0401 Fechas: 1595-08-07 Folios: 2
Resumen: Testamento otorgado por Martín de Baqueaga, vecino de la puebla de Ea. El otorgante lega entre otros bienes la casería del “Puerto“.
DOC. 15.- 1599/03/13
BFAAH / AHDFB
Escritura de asiento otorgado por Juan de Barainca Aboitiz, vecino de la anteiglesia de Ispáster, de una parte, y Pedro y Juan de Jandaeta,…
Sección: NOTARIAL Fondo: LEQUEITIO Subfondo: AMEZQUETA CRISTOBAL DE
Signatura: N0015/0272 Fechas: 1599-03-13 Folios: 2
Resumen: Escritura de asiento otorgado por Juan de Barainca Aboitiz, vecino de la anteiglesia de Ispáster, de una parte, y Pedro y Juan de Jandaeta, vecinos de Canala, de otra, para la fabricación en el puerto de Ea de un bajel para el transporte de vena.